LAS BASES DE LICITACIÓN: UN MECANISMO DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS
La asignación de riesgos es uno
de los mecanismos de respuesta ante la eventualidad que ocurra un suceso que
puede afectar los objetivos de la organización para un contrato. En una
licitación, tanto el mandante como el proponente tienen formas de aplicar este mecanismo
para asignar riesgos que no se desea asumir a la contraparte y/o asumir las
oportunidades que se pueden generar.
Obviamente que el rol principal
en la asignación de riesgos lo tiene el mandante ya que es el ente que fija el
contexto en que se realizará el encargo. Para ello, el mandante cuenta con las
bases de licitación (y todos los documentos que estas contengan), las
aclaraciones a las bases que emita y las respuestas a las consultas de los
proponentes. Otra herramienta fundamental está en el método de evaluación, alineándolo
con los objetivos del contrato y buscando minimizar los riesgos negativos.
Sin embargo, el proponente también
cuenta con la posibilidad de asignar riesgos a su contraparte mediante su
oferta, específicamente en las condiciones especiales que pueda incluir en las
distintas secciones de esta o en un capítulo especial de “condiciones de la
oferta”. También, durante la fase de preguntas y respuestas del proceso de
licitación, el proponente puede realizar consultas destinadas a evidenciar los
riesgos y solicitar que los asuma el mandante o comunicar que, en caso de ser
asignados al proponente, la valorización de este riesgo será incluida en la
oferta.
Finalmente, las partes podrán
acordar mecanismos de asignación de riesgos en una fase de negociación de la
oferta, si es que se considera esta posibilidad, previo a la adjudicación del
contrato.
Por ahora nos focalizaremos en
las bases de licitación que emite el mandante.
Mediante las bases de licitación,
ya sea en forma consciente o inconsciente, en el mandante realiza una asignación
de riesgos. Lo ideal es que esta asignación sea consciente, de modo que sea
analizada cuidadosamente. Asignar correctamente los riesgos de un contrato es
una de las principales formas en que la gestión de riesgos puede aportar al
logro de un mejor resultado global.
Es necesario tener presente que
mediante una correcta asignación de riesgos y oportunidades se puede cumplir
con dos objetivos principales:
(1) Crear
incentivos para que las partes gestionen de modo óptimo los riesgos y
oportunidades, y con ello mejorar el resultado económico del acuerdo, ya sea
aumentando los beneficios o reduciendo los costos.
(2) Reducir
el costo total de los riesgos del contrato, "asegurando" a las partes
contra los riesgos que no estén dispuestos a asumir.
Para simplicidad de este
artículo, de aquí en adelante el término “riesgo” se referirá tanto a los
eventos positivos (oportunidades) como a los negativos (amenazas).
Principios de asignación de
riesgos
Una de las premisas que debe
tener el mandante durante la elaboración de las bases de licitación es que
estas se estructuren de modo que se asigne la responsabilidad de cada riesgo a
la parte que genera el riesgo y/o está mejor posicionado para gestionarlo.
Pero… ¿Quién puede gestionarlo
mejor? - Tenemos dos respuestas para esta pregunta, las dos son válidas, y
mejor aún si ambas corresponden a la misma parte.
i.
La parte que mejor pueda identificarlo
oportunamente y valorarlo correctamente.
ii.
La parte que mejor pueda controlar la
probabilidad de que ocurra el riesgo y el impacto si este se materializa.
Nota: Mantengamos en la mente que
los riesgos pueden tener efectos positivos o negativos. Por lo tanto, en el
caso de una oportunidad queremos aumentar la probabilidad de que esta se
materialice y también el impacto positivo de esta.
Una de las primeras decisiones
que se debe tomar es la modalidad del contrato, es decir, si tendremos un
contrato a suma alzada, a precios unitarios o por administración delegada. Cada
una de estas modalidades considera una forma radicalmente diferente de como se
asumirán los riesgos respecto a la variabilidad de las cantidades de servicio,
a las eventuales modificaciones al alcance o condiciones del encargo y a los
imprevistos que puedan suceder. Por eso, para definir la modalidad del contrato
se debe tener presente el grado de incertidumbre respecto a lo siguiente:
i.
Variabilidad en las cantidades de obra o
servicios (ya sea por dificultades para su estimación o por eventuales aumentos
del alcance del encargo).
ii.
Disponibilidad de información clara y precisa para
estimar los rendimientos.
iii.
Probabilidad de existencia de condiciones
distintas a las informadas.
Veamos un ejemplo: el contratista
que está a cargo de la construcción de las obras o de la ejecución del servicio
tiene mayor expertise que el mandante en los aspectos operativos del
encargo. Esto significa que debería está mejor preparado para controlar la
productividad de la mano de obra, mediante una buena estimación y anticipación
al riesgo y respondiendo adecuada y oportunamente. Por lo tanto, debería asumir
los sobrecostos o los retrasos en la ejecución de las actividades. Sin embargo,
esto es aplicable en contratos a precios unitarios o a suma alzada pero no es
factible en contratos de administración delegada en que el contratista no es
responsable de los rendimientos de los trabajadores.
Un segundo aspecto relevante es
definir qué aportes deberá realizar el mandante y cuales deberá realizar el
contratista. Siempre hay que determinar cuál de las partes puede controlar
mejor los riesgos que significa realizar los aportes. Y no olvidar las
condiciones en que se realizan los aportes, ya estas también pueden estar sujetas
a una cantidad de incertidumbre significativa.
Un tercer elemento a considerar
es cómo administrar las incertidumbres del terreno o lugar en que se realizará
el encargo. Por ejemplo, en contratos que se realizan en la alta montaña y en
los cuales no se pueden realizar actividades durante tormentas de nieve. Las
estadísticas indican cuál es el promedio de días al año en que no se podrá
trabajar, pero en este promedio la variabilidad es muy alta de un año a otro.
¿Quién debería asumir los costos/beneficios de esta variabilidad?
Otro ejemplo son los contratos en
los que se deben realizar excavaciones subterráneas, preferentemente con
maquinaria pesada, pero en los cuales hay estimaciones respecto a la existencia
de roca de alta dureza que debe ser removida con explosivos. Sin embargo, las
estimaciones tienen alto grado de incertidumbre. ¿Quién debería asumir los
costos/beneficios de esta incertidumbre?
Para ello también tenemos dos
respuestas:
i. La
parte que mejor pueda controlar el impacto del riesgo en los resultados del
contrato.
En general,
los impactos en plazo, costo y calidad deberían ser asumidos por el
contratista, y los impactos en reputación deberían ser asumidos por el
mandante.
ii. La
parte que pueda absorber el riesgo al costo más bajo si la probabilidad e
impacto de los riesgos no pueden controlarse.
El costo de
una parte de absorber un riesgo depende de varios factores, entre ellos: la
medida en que el riesgo se correlaciona con sus otros activos y pasivos (por
ejemplo, una empresa que cuenta con un capital pequeño no será capaz de asumir
impactos de mayor magnitud), su capacidad para traspasar el riesgo (por
ejemplo, a empresas subcontratistas especialistas, o a compañías aseguradoras
mediante pólizas de seguros); y la naturaleza de los portadores de riesgos
finales.
La aplicación de estos principios
no implica transferir la mayor cantidad de riesgo posible al contratista. Si se
transfiere al contratista los riesgos que mejor puede controlar o mitigar puede
ayudar a reducir el costo total de una obra o servicio. Por otra parte,
mientras mayor sea el riesgo total transferido al contratista, mayores serán
las primas de riesgo que exigirán los inversionistas de capital y será más
difícil financiar el riesgo.
La asignación de riesgos debe
estar alineada con la política de gestión de riesgos del mandante. La política
debiera ser un punto de partida para asignar riesgos en general, pero, ya que
cada contrato tiene características particulares, se debe realizar un análisis
en cada caso.
Además, es fundamental que las
reglas para asignar los riesgos sean claras, de modo que estos sean
correctamente valorados, y que los incentivos estén correctamente puestos de
modo de evitar que los tomadores de decisiones actúen en contra de los
intereses del mandante. Una opción válida es realizar consultas previas a las
empresas proponentes, manteniendo las reglas de equidad y transparencia.
Limitaciones de la asignación
de riesgos
Además, el mandante debe
considerar algunos límites sobre cómo se pueden asignar los riesgos al
contratista en un contrato. Entre ellos se deben considerar los siguientes:
a)
El nivel de detalle de la asignación de
riesgos: en teoría, cada riesgo puede identificarse y asignarse a la parte
con más capacidad para abordarlo. En la práctica, el costo de hacerlo sería
alto, y probablemente sobrepasaría los beneficios en el caso de los riesgos
menos significativos. Por eso, en la mayoría de los casos, los riesgos se
asignan en grupos o paquetes, algunas veces con excepciones para ciertos
riesgos importantes. Por ejemplo, el contratista puede asumir todos los riesgos
de construcción, a excepción de ciertos riesgos geológicos clave, frente a los
cuales el mandante podría proporcionar una indemnización específica.
b)
Riesgos que no se pueden transferir:
ciertos tipos de riesgos no se pueden transferir mediante el contrato. Por
ejemplo, el mandante siempre asumirá ciertos riesgos de imagen ante la
comunidad si en la ejecución de las obras/servicios el contratista incurre en
acciones que afecten el medio ambiente, incluso si esta es solo una apreciación
de la comunidad sin que sea una vulneración de la legislación ambiental.
c)
Nivel de transferencia de riesgo al
contratista: las empresas contratistas solo estarán dispuestas a asumir el
riesgo de las responsabilidades contractuales hasta el valor de sus utilidades
estimadas. No estarán dispuestas a asumir riesgos que puedan poner el juego su
patrimonio. En general, los financistas solo aceptan un nivel relativamente
bajo de riesgo, acorde con la rentabilidad esperada. En la práctica, esto
significa que el grado en que el riesgo pueda transferirse es limitado por la
capacidad económica del contratista. Esto lleva a que, dado que el mandante es
el responsable final de asegurar que se realice el alcance de la obra o servicio,
el riesgo restante del contrato debe permanecer con el mandante.
Matrices de asignación de
riesgos
El producto del análisis de un
proceso de asignación de riesgos es generalmente la matriz de asignación de
riesgos (MAR). Esta matriz enumera los riesgos, generalmente ordenados por
categorías, y define quién asume cada uno.
Idealmente, esta asignación de
riesgos debe realizarse en la etapa de elaboración de las bases de licitación y
deben quedar reflejadas en las cláusulas de las bases.
Además, las matrices de
asignación de riesgos deben servir de guía para el mandante en la preparación
de las respuestas a las consultas y en una eventual negociación previa a la
adjudicación. En el caso que se decida realizar modificaciones a la matriz,
esta se debe actualizar y emitir en la revisión correspondiente.
Finalmente, antes de la firma del
contrato, y como mecanismo de control adicional, se debe revisar el contrato
para asegurar la correcta distribución de las responsabilidades en cada una de
las partes. Una lista de chequeo valorada te permitirá evaluar el grado de
cumplimiento de la asignación de riesgos de ese contrato según los estándares
de la organización.